-VIII-
-DECISIÓN-
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la Querella Funcionarial interpuesta por la ciudadana LEYDA DE LAS MERCEDES VARGAS GIMENEZ, titular de la cédula de identidad número V-10.962.271, asistida por el Abogado JOSE ALEJANDRO GIL LUQUE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.104, contra el acto administrativo de destitución dictado por la SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA GOBERNACION DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta.
TERCERO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo Sin Numero dictado por la SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA GOBERNACION DEL ESTADO LARA, notificado en fecha 21 de junio de 2023.
CUARTO: Se ORDENA al ente q.....