Por auto de esta misma fecha se niega por improcedente la conmutación de la pena que le falta por cumplir al penadoALEXANDER RODRIGUEZ GONZÁLEZ, en virtud que a la fecha no alcanza a extinguir las 3/4 partes de la pena impuesta aunado a que la constancia de residencia presentada dista a menos de cien kilometros del lugar donde ocurrió el hecho, por lo que no se cubren las exigencias del artículo 53 del Código Penal.