En mérito de lo expuesto, es por lo que ésta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Recusación propuesta por la abogada Yolanda Sapiain Gutierrez, contra el Juez N° 3 de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, abogado ADHEMAR R. AGUIRRE M, conforme a lo establecido en el artículo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.