En fuerza de los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA lo siguiente:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la tramitación de la presente demanda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión. Publíquese y Regístrese.
En fecha dieciséis (16) del mes de noviembre del dos mil diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez Provisoria,
Abg. María Mascarell Santiago
La Secretaria,
Abg. Ninfa Hernández
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las ocho (01:30:00), de la tarde.
La Secretaria,
Abg. Ninfa Hernández.
Exp. .....