En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos LUIS MIGUEL CAMPINS ROMERO y ELENA ETELVINA BARRIOS, que ciertamente contrajeron matrimonio civil en fecha 26/08/1983, ante la la Vicepresidencia del Concejo Municipal del Distrito Araure del estado Portuguesa (hoy Oficina de Registro Civil del municipio Araure, del estado Portuguesa), tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio N° 17.
Ofíciese lo conducente una vez quede firme el presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
La Juez,
Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
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