Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, sobre la base de lo establecido por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fechas 02/08/2001 y 22/08/2002, el cual tiene carácter vinculante para quien juzga, declara CON LUGAR la presente acción de amparo incoada por RAFAEL ALIRIO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.868.623, domiciliado procesalmente en la Procuraduría Especial de Trabajadores, carrera 17 entre calles 24 y 25, Edifico Nacional, piso 2, oficina 45, Barquisimeto, Municipio Iribarren, Estado Lara, por intermedio de SHIRLEY MAR BRICEÑO, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 84.974, en contra de TA.....