este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar la solicitud de conversión de separación de cuerpos en DIVORCIO, presentada por los ciudadanos AIDA DEL CARMEN DABOIN MENDEZ y ROMULO ALBERTO SEGNINI SALAS, venezolanos, casados, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.904.535 y 3.909153, respectivamente, y como consecuencia de ello se declara DISUELTO el vinculo matrimonial contraído el 11 de octubre del año 1979, por ante la Prefectura del Municipio Cristóbal Mnedoza, Distrito y Estado Trujillo.