PRIMERO CON LUGAR la demandada de interdicción presentada por la ciudadana NINA CAROLINA SANCHEZ SANTANDER, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 14.456.928 a su favor.
SEGUNDO: SE DECLARA LA INTERDICCION DEFINITIVA de la ciudadana MARIA LUISA SANTANDER VILLAMIZAR, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.005.291, quien queda sometida al régimen de representación de la tutela entredicho según las previsiones de Ley.
TERCERO: SE DESIGNA como TUTORA DEFINITIVA a la ciudadana NINA CAROLINA SANCHEZ SANTANDER, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 14.456.926 (hija de la entredicha). Asimismo, se deja constancia que lo referente a la designación de los cargos de PROTUTOR, SUPLENTE DEL PROTUTOR, así como de los miembros que conformaran al se acuerda dictar, previo señalamiento por la parte interesadas, de las personas que la conformaran, y así se declara.
CUARTO: De conformidad con lo establecimiento en el artículo 414 de C.....