V
DECISION
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación por acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Refaat Farah, en su condición de presidente de la Sociedad mercantil EXXIN C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 20 de febrero de 2009, bajo el Nro. 8, Tomo 15-A., asistido por la abogada Mariangela Almarza Cuello; contra la Sociedad mercantil COCCIA C.A., inscrita en el Registro de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de agosto de 1976, bajo el Nro. 10, representada por los ciudadanos Franco Coccia Napolano y Rosa María Coc.....