DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ ANTONIO ANDARA OJEDA, apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 15 de julio de 2024, por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de Desalojo de Local Comercial; interpuesto por los ciudadanos FRANCA DI COSOLA DE TANZI, RAFAELLA DE PALMA DE DI COSOLA, MICHELE DI COSOLA DE PALMA y GREGORIO DI COSOLA DE PALMA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-7.411.094, V-7.411.535, V-7.377.132 y V-7.416.538, respectivamente contra el ciudadano NG LIANG LIZHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d.....