III.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 26.07.2006 (f. 2) por la abogada Iris Portillo, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano ARTURO BELLO TUÑAS, contra el auto interlocutorio del 25.07.2005 (f.1) proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que negó la medida preventiva innominada de ordenar a la parte demandada haga las construcciones necesarias en el área de la terraza para evitar el continuo deterioro del apartamento de la parte actora-apelante. Esta medida fue solicitada por la parte actora en el juicio que sigue contra las compañías CORPORACIÓN URAC.....