este Juzgado tan solo HOMOLOGA el acuerdo de pago suscrito por las partes, en el sentido de que se deja constancia de la cantidad recibida por el extrabajador (oferido) de Bs. 35.577,46, en cheque No. 04-95578795 Cuenta. No. 0151-0033-81-1000183678 de fecha 16-11-12 del Banco Fondo Común, hecha por la empresa (oferente), se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente. Queda a salvo favor del extrabajador cualquier diferencia que considere que exista por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Así mismo, la empresa oferente podrá oponer al oferido el presente pago, cuando lo considere oportuno. De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Igualmente, se acuerda expedir dos (02) copias certificadas de la transacción y del auto de homologación, de conformidad con lo e.....