DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629, 646 y 647 literal A, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda REVOCAR la sanción LIBERTAD ASISTIDA, que le fuere impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad: Venezolano, Natural de la Ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, titular de la cédula de Identidad: Manifestó no haber cedulado, nacido en fecha 15-07-1993, de 17 años de edad, de estado civil; soltero de profesión u oficio, indefinida, Residenciado en el Barrio Altamira, avenida 04, final de la calle 12, casa N° 58, ubicado a una cuadra del hotel san José en la ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN, previsto en el.....