DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: ADMITE la tercera denuncia del Recurso de Apelación de Autos, presentado por el profesional del derecho OSCAR ARÍSTIDES SOTO NAVA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.171.105, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 152.335, actuando en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos ROXIREE NAVA, VICTOR VILLANUEVA, EDIXON FERRER y WILMER HINESTROZA titulares de la cédula de identidad N° V-18.311.434, V-23.451.194, V-17.188.832 y V-25.343.435, contra la decisión de fecha catorce (14) de Diciembre de Dos Mil Dieciséis (2.016) dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. En consecuencia, a partir del día hábil siguiente.....