PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por ambas partes en contra de la sentencia dictada el 30 de mayo de 2001 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes, que declaró SIN LUGAR la defensa de prescripción de la acción; SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ARNALDO JOSE PAREDES RODRIGUEZ y; SIN LUGAR la reconvención propuesta por los co-demandados ZACARIAS PERDOMO PERDOMO y EMILIANA SUAREZ DE PERDOMO, todo ello conforme a los razonamientos contendidos en esta decisión.
Se condena a cada una de las partes a pagar las Costas procesales de la contraria.