Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dictó Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva DECLARANDO: PRIMERO: la reposición de la presente causa al estado de pronunciarse sobre su admisión para declarar como en efecto se declara, la INADMISIBILIDAD en el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO por Demandante: INVERSORA PROSPERAR CANAIMA, Demandado: ciudadano ALEJANDRO FILOMENO STAPAFORA, todos identificados. SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Puesto que la presente decisión ha sido dictada fuera de lapso, se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.