Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por La abogada Patricia de Freitas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 185.851, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano MARIO JOSE YPPOLITI, antes identificados.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada en el asunto principal ciudadano MARIO JOSE YPPOLITI, antes identificado.
TERCERO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada en fecha diecisiete (17) de octubre del 2019 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de Tacha de documento por vía incidental inter.....