´En mérito a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por el abogado MERVIN DÍAZ TORREALBA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 29.891, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos YONEL FELIPE SUAREZ RINCONES y LUIS ARTURO RINCONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.061.877 y V-3.922.913, respectivamente, ambos de este domicilio, según consta en el Poder Autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Valencia, Estado Carabobo, en fecha 06 de diciembre de 2024, bajo el Nro. 42, tomo 183, folios 155 hasta 157, contra la ciudadana AURORA RINCONES, venezolana, mayor .....