1. NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, para conocer de la Querella funcionarial, interpuesta por la ciudadana ENGELS CARLOMAGNO TORREALBA VILLEGAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.306.559, debidamente asistida por el abogado LENIN DANIEL MENDEZ VERASTEGUI, titular de las cédula de identidad N° V-14.607.866, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 169.564, contra la entidad de trabajo CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO YARACUY (CORPOSALUD) e INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA SALUD (PROSALUD).
2. PLANTEA el conflicto negativo de competencia ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
3. SE ORDENA remitir el presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.