DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta a los ciudadanos GERARDO ENRRIQUE VILORIA VALERA, ELADIO ENRRIQUE VILORIA VALERA Y BLEIMER ALEXIS AÑIS, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 413 215 del Código Penal. Se ordeno la continuación del presente asunto por la vía del Procedimiento Ordinario.