Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento de la presente causa, a favor del ciudadano ELVIS GREGORIO FRANCO CHOURIO, identificado en autos, seguida por el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha de los hechos, hoy artículo 451, en perjuicio del ciudadano ERNESTO LEON CAÑIZALEZ APONTE, por haber operado la prescripción judicial de la acción penal, quedando en consecuencia extinguida la acción penal, todo de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico procesal Penal, en relación con el artículo 48, numeral 8 eiusdem, en concordancia con el artículo 110 del Código Penal de Venezuela, y artículo 108, nu.....