Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario Subsidiario al Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano CLORALDO DEL CARMEN TORO RIVAS, cédula de identidad V- N° 05.518.300, actuando en su carácter de propietario del fondo de comercio ut supra señalado, asistido por el abogado THAYRHAYR SAEZ G. titular de la cédula de identidad N° V- 6.225.826, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 30.130, en su carácter de representante judicial " BAR RESTAURANT PUNTO CRIOLLO" Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Ciudad de Guanare del Estado Portuguesa, en fecha.....