Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la solicitud de la ciudadana Defensora Pública, LORELVIS BALBA de decaimiento de la medida cautelar dictada en audiencia dictada en audiencia de constitución de fianza celebrada en fecha 08 de mayo de 2013 de consistente en la imposición al ciudadano AMADO ANTONIO SILVA JIMÉNEZ de la obligación de presentarse cada treinta (30) días ante el Cuerpo de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del estado Lara, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Vigente para la fecha de la realización del acto). Segundo: Se declara SIN LUGAR la solicitud de archivo judicial realizada.....