DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS PAREDES GALLARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.349.783, con citación de su conyugue la ciudadana MARIBEL ESPERANZA BORJAS ORELLANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.401.147, fundamentado en la Sentencia Vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: En consecuencia, conforme al artículo 184 del Código Civil, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos JOSE LUIS PAREDES GALLARDO y MARIBEL ESPERANZA B.....