PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 18 de septiembre de 2007, por el abogado MARCO A. PRIETO, apoderado judicial de la sociedad mercantil DALLAS AIRMOTIVE INC., en contra de la decisión de fecha 17 de septiembre de 2007, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA con base a los motivos expuestos en la motiva del presente fallo la decisión dictada en fecha 17 de septiembre de 2007, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de las costas a la parte demandante sociedad mercantil DALLAS AIRMOTIVE INC., por haber resultado perdidosa en la presente decisión
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias definitivas, de conformidad con lo establecido en.....