Así las cosas, analizados los elementos probatorios, se procederá a determinar las cantidades a pagar por el accionado, tomando como elementos de la relación la fecha de inicio de la relación (25/09/2002), la fecha de terminación indicada en el libelo (24/06/2010) ya que no existe en autos prueba que indique una fecha distinta a la señalada y el salario devengado por el actor de Bs. 67,16 diario, efectuándolo de a siguiente manera: