Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, incoada por la ciudadana SHIRLEY CARRIZALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.475.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los diecisiete (17) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 156° de la Federaci