este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana NOHEMI GARCIA DE CERVO, contra el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anteriormente identificados, y ASÍ SE DECIDE.