Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Rafael Ignacio Campos, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.049.251, abogado en ejercicio e inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 56.203, actuando como apoderado judicial de la empresa accionada ¿Vigilancia Privada SEVIPAL¿, C.A.
CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Pablo Antonio Milán, quien es venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad No. 10.396.288 y con domicilio en el Municipio Guacara, Estado Carabobo, contra la Sociedad Mercantil denominada ¿Vigilancia Privada SEVIPAL¿, C.A.; y
En consecuencia se califica el despido como Injustificado, confirmándose la decisión emitid.....