Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: Con lugar la excepción de falta de cualidad alegada por la demandada y sin lugar las pretensiones del actor por no haber medios de prueba que sustenten existencia de una relación laboral.-SEGUNDO: No hay condena en costas porque el actor alegó ingresos inferiores a tres salarios mínimos.