V
DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano RAFAEL BELLERA SOLORZANO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano PETTER BELLERA CELLI, en contra del ciudadano DOUGLAS ANTONIO GONZALEZ, por DESALOJO.- En consecuencia se condena a la parte demandada a PRIMERO: Entregar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, constituido por un local comercial que forma parte de un inmueble, ubicado en la calle Independencia entre Farriar y Boyaca, Nro. 98-11, Parroquia Catedral, municipio Valencia, Estado Carabobo.-
SEGUNDO: Se condena a pagar la cantidad de MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.1800). Correspondiente a los cánones insolutos de los meses de noviembre, dicie.....