Por lo antes expuestos y con base a la jurisprudencia citada, es forzoso para este Juzgado declarar IMPROCEDENTE la solicitud de ordenar corregir el libelo mediante la aplicación de una segundo despacho saneador. ASI SE DECIDE.
Finalmente, de conformidad con el acta levantada en fecha 10 de mayo de 2012, se ordena agregar a los autos las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación ante el Juez de Juicio.
La Jueza,
Abg. Olga Romero
La Secretaria,
Abg. Marylent Lunar