DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA A LA CIUDADANA KALIYUSCA GONZALEZ GONZALEZ, C.I Nº (...), venezolana, mayor de edad, por encontrarle responsable penalmente en la falta de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 23.1 de la Ley sobre el delito de Contrabando, AL PAGO DE LA MULTA de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES,(1.250,00 Bs.) es de señalar que en la audiencia se estableció como pena pecuniaria la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES, siendo lo correcto la multa que en definitiva deba pagar la acusada: KALIYUSCA GONZALEZ GONZALEZ, C.I Nº (...) de: UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES,(1.250,00 Bs.), subsanando de esta forma lo señalado en la audiencia, esto de conformidad con lo establecido en el Artículo 193 d.....