En merito de lo anterior, este Tribunal Superior Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERDIDA DEL INTERES PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente querella funcionarial interpuesto por el ciudadano ELÍAS MIGUEL CHALHOUB ARRAIZ, titular de la cédula de identidad N° 15.869.736, mediante la cual solicita al INSTITUTO NACIONAL DEL PODER POPULAR DE LA JUVENTUD, el reenganche a su puesto de trabajo en la mismas condiciones que tenia para el momento del despido y se acuerde el pago de los salarios caídos.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.