Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio presentada por la Ciudadana MARIA ELENA ESCALONA MARVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.083.717, asistida por la Abogada CAROLINA ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 152.967, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en concordancia con la Sentencia N° 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial contraído por los ciudadanos MARIA ELENA ESCALONA MARVEZ y HECTOR LUIS MARVEZ CESAR, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 7.083.717 y V-4.128.452, respectivamente, e.....