Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO EN CUANTO AL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA efectuado por la ciudadana YERLY JOHANA HERNANDEZ CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.567.431, de este domicilio, en este juicio interpuesto por la ciudadana THAMARA BASSO ZANETTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.113.012, de este domicilio, y se tiene con autoridad de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana THAMARA BASSO ZANETTE, antes identificada, en contra de los ciudadanos MARIA VICTORIA HERNANDEZ MURILLO e IVAN ANDRES HERNANDEZ MURILLO, venezolanos, mayores de edad, titular.....