DISPOSITIVA: Es por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Marítimo y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE R. ANDUEZA, asistido por el Abogado en Ejercicio PEDRO PEÑALOZA DUARTE, arriba identificados; contra La REPUBLICA DE VENEZUELA, por órgano del Ministerio de Educación Superior y, en la persona del Procurador General de la república cuyo motivo lo es el COBRO POR DIFERENCIAS SOBRE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-