D E C I S I O N
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ROJAS Y NAYLETH DE LAS MERCEDES SILVA, contra la decisión dictada el 26 de febrero de 2004 por la Juez Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, mediante la cual declaró SIN LUGAR la impugnación de reconocimiento de paternidad, intentada por la ciudadana MAURA CECILIA LUCENA en representación de su nieta ANGÉLICA MARÍA ROJAS SILVA en contra de JOSÉ GREGORIO ROJAS Y NAYLETH DE LAS MERCEDES SILVA, con fundamento en el Art. 177 Parágrafo 1º literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los Arts. 215 y 221 del Código Civil. Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Artículo 248 del.....