IV
Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Rectificación de Partida de Nacimiento, solicitada por la ciudadana ANDRINA YAQUELINA SEQUERA DE MONTILLA, antes identificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, en Puerto Cabello, a los diecisiete (17) días del mes de Junio del año 2008. Siendo las 03:10 de la tarde. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
La Juez Temporal
Abogada Marisol Hidalgo García
La Secretaria Titular
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado previa formalidades de ley
La Secretaria Titular
Abogada MARITZA RAFFO P.....