Queda así subsanado el error de transcripción involuntario, téngase la presente aclaratoria como parte de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de junio del año 2009, quedando incólume el resto contenido en la sentencia de marras. En Valencia, a los diecisiete días (17) días del mes de junio del año 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.