Decisiones del dia 17/06/2009 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2009-002096  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 17/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: De acuerdo con lo anteriormente expresado y por cuanto han  transcurrido en el presente juicio, más de treinta (30) días, sin que exista constancia en autos que la parte actora haya dado cumplimiento alguno a una de las obligaciones que le impone la Ley para lograr la citación de la parte demandada, es por lo que de conformidad con la norma citada, el término de perención está totalmente consumado. Todo lo anterior, es  traducido en  inactividad  procesal,  dentro de los preceptos  sancionatorios  previstos  en el trascrito artículo 267 del Código de Procedimiento Civil,  por  lo  que  de  conformidad  con la referida normativa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara PERIMIDA  LA INSTANCIA en  el  presente juicio, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil..- 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Leticia Barrios Ruiz 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Cuarto de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								2221-09  
						  
						  N° Sentencia :
							
								155-09  
						  
						  Fecha: 17/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
1. Declara: ADMISIBLE, el escrito de recusación presentado por los abogados NELSON JOSÉ MARÍN LARA, NELSON ADÁN MARÍN SEQUERA Y JOSÉ OSCAR ARDILA RODRÍGUEZ, en su condición de defensores privados del ciudadano JOSÉ LUIS ESPONDA BORROTO.
2. Declara: ADMISIBLE, las pruebas documentales promovidas por los abogados NELSON JOSÉ MARÍN LARA, NELSON ADÁN MARÍN SEQUERA Y JOSÉ OSCAR ARDILA RODRÍGUEZ, en su condición de defensores privados del ciudadano JOSÉ LUIS ESPONDA BORROTO, las cuales serán tomadas en consideración para resolver el fondo de la incidencia planteada.
3. Declara: ADMISIBLE, las pruebas documentales promovidas por el abogado LUIS CABRERA ARAUJO, Juez Tercero de Primera Instancia en funci.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Maria A. Croce 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Corte de Apelaciones 4