Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ RAMÓN CASTRO MARTÍNEZ, cédulas de identidad V-11.485.168, asistido por la abogada Melany Peña, Inpreabogado N° 101.117, interpone pretensión de amparo constitucional contra ARMCO VENEZOLANA, C. A., por el incumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 00136 del 05 de marzo 2009 dictada por la Inspectoria del Trabajo de los Municipios San Diego, Naguanagua, y Parroquias San José, San Blas, Catedral y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo.