, este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia , declara conforme a los autos a los ciudadanos: ROSA AMELIA MÉNDEZ DE SBRACCIA y EDMONDO SBRACCIA D AGOSTINO, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus ROSEMARY SBRACCIA MÉNDEZ , quien falleció ab-intestato, el día 06 de Octubre de 2009, según Acta N° 168, Año: 2009, de fecha 07 de Octubre de 2009. Y Así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Bejuma, a los Diec.....