Por las razones antes expuestas, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar la acción y en consecuencia se declara el derecho de cobrar los honorarios profesionales judiciales la ciudadana ZUGEY DEL VALLE ROMERO VELÁSQUEZ, en el juicio de divorcio ordinario, signado con el No. 15.052 llevado por el Juez Unipersonal No. 4 del Tribunal de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Segunda: Una vez que quede definitivamente firme esta decisión, la intimante deberá dar inicio a la segunda fase del procedimiento, esto es, la estimativa de los honorarios profesionales judiciales.
Tercero: Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de .....