En consecuencia se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar hasta cubrir la cantidad de SEISCIENTOS NOVENTA y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA y TRES BOLÍVARES CON TREINTA y TRES CÉNTIMOS (Bs F 696.833,33.) sobre un inmueble situado al margen de la vía pública Punto Fijo-Judibana y Oleoducto Ulé, zona denominada "Creolandia" en Jurisdicción del Municipio Los Taques del Estado Falcón, propiedad de la parte codemandada ciudadano FRANCESCO ESPÓSITO VACCARIELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 14.266.590 y domiciliado en la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Falcón del Estado Falcón, de fecha 06 de junio de 1.996, el cual quedo registrado bajo el No. 18, Protocolo 1º, Tomo 5. Se encuentra enmarcado dentro de los siguientes linderos: NORTE: propiedad que se dice ser de EDILIA GÓMEZ de VALERO, y mide cien metros (100Mts), SUR: propiedad que s.....