Este Juzgado, actuando dentro de la facultad conferida en el ordinal 2º del artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, dicta el presente auto para mejor proveer y ordena librar oficio al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes al recibo del presente oficio, remita a este Despacho, copia certificada de los recaudos que acompañan al libelo de demanda.- Líbrese Oficio con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA
ABOG. MARIELA ARZOLA PADILLA
En esta misma fecha, se libró oficio Nº ___ /2011, dando cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABOG. MARIELA ARZOLA PADILLA
IPB/MA/Erickson
Exp. Nº 11.10429