En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado tan solo deja constancia de la cantidad recibida por el extrabajador (oferida) de Bs. 35.341,24 en cheque N° 26132821, de fecha 26-06-15, de la entidad bancaria Banco Mercantil (se anexa copia del cheque) hecha por la empresa (oferente), y no en cuanto a la cantidad de US$ 3.550,95 equivalente a la suma de Bs. 22.370, 98 calculados a la tasa oficial de Bs. 6,30 por Dólar, que supuestamente se efectúo mediante transferencia que se hizo en una cuenta en el exterior tanto de la oferente como del oferido, pues no consta en autos que la misma se haya materializado. Se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente. Quedan a salvo favor del extrabajador cualquier diferencia que considere que existan por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Este Juzgado acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas por la Secretaría de este Despacho de conformidad con lo estable.....