Declarada Prescrita La Obligación Tributaria exigida por la Administración Tributaria Nacional a la Contribuyente ALIMENTOS KRAFT DE VENEZUELA, C.A, dado que desde la paralización de la causa, fecha en que se efectuó el último acto de procedimiento, hasta el día de hoy, ha transcurrido sobradamente el lapso previsto en los Artículos 51 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 1994.