Con fundamento a los argumentos expuestos, este Juzgado segundo de los Municipios Guacara Y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara: PRIMERO: Sin lugar la demanda incoada por el INSTUTO NACIOANL DE LA VIVIENDA (INAVI) a través de abogado, contra la ciudadana MIRLA NEREIDA CRUCES DIAZ, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo. SEGUNDA: Se condena al demandante a recibir el pago de lo adeudado por la adjudicaría y otorgarle los recibos correspondientes y/o aceptarle la cancelación total del precio del inmueble y otorgarle el documento definitivo de venta, además de prestarle la ayuda necesaria para la recuperación de su inmueble. Se deja sin efecto la medida de secuestro decretada por este
tribunal en fecha 18 de Septiembre de 2007 y en consecuencia se ordena la poner en posesión del inmueble a la adjudicataria demandada. TERCERO: Dada la naturaleza del fa.....