En virtud de las razones precedentemente expuestas, y por cuanto quedó demostrado la concurrencia de los supuestos consagrados en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, DECRETA IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN DE EFECTOS, de la Resolución Nº SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2012-0754 de fecha 27 de septiembre de 2012, emanada de la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por monto total de Bs. 121.394,82, en materia de Impuesto al Valor Agregado.
De conformidad con lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 263 del Código Orgánico Tributario, la presente decisión no prejuzga el fondo de la controversia.